La Ley “Crea y Crece” redujo el importe del capital mínimo necesario para constituir una SL a la cantidad simbólica de un euro. Pero ¿dicho importe mínimo opera sólo para la constitución de una SL o se aplica también a las modificaciones del capital? ¿Es posible reducir el capital social de una SL por debajo de los 3.000 euros?
Pues bien, sepa que, con la modificación llevada a cabo por esta ley, ahora cualquier SL constituida antes o después de su entrada en vigor puede reducir, si le interesa, su capital social por debajo de los 3.000 euros. Eso sí, recuerde que en tal caso será necesario adoptar ciertas medidas mientras no alcance la cifra de 3.000 euros:
- Destinar a reserva legal el 20% del beneficio hasta que ésta, junto con el capital social, alcance los 3.000 euros.
- Y en caso de liquidación, si el patrimonio social fuera insuficiente para atender todos los pagos, los socios responderían solidariamente de la diferencia entre el capital suscrito y los 3.000 euros.
Por todo ello, lo aconsejable es que el capital de la sociedad se mantenga en los 3.000 euros o más, y si se reduce por debajo de tal cifra, sea por motivos estratégicos y puntuales, siendo aconsejable aumentarlo hasta dicha cifra lo antes posible.