¿Con qué antelación hay que convocar la junta?

El cómputo del plazo de antelación incluye el día en que se remite la convocatoria, pero no el día en que se celebra la junta. En toda sociedad la Junta de socios debe reunirse, por lo menos, una vez al año para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado. Esta reunión debe tener lugar dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, aunque será igualmente válida si se produce de forma extemporánea, siempre que haya sido debidamente convocada con la antelación suficiente. Es fundamental respetar la antelación a […]

Exclusión del derecho de preferencia

La junta puede privar a los socios del derecho de suscripción preferente en un aumento de capital si lo justifica el interés social. En algunas ocasiones puede ser interesante dar entrada en una sociedad a una persona influyente en el sector (por su posición y liderazgo), y lo habitual es hacerlo con un aumento de capital. Ahora bien, en estos casos los socios existentes tienen un derecho de suscripción preferente, que puede ser eliminado (sólo para esta operación) si se dan tres requisitos: Que el interés social lo justifique; algo que el administrador deberá plasmar en un informe razonado y justificado (en […]

Compensación de bases negativas

No se precipite a la hora de compensarlas. Es habitual que las empresas de reciente creación tengan pérdidas en los primeros años de actividad y que dichas pérdidas se conviertan en bases imponibles negativas compensables en el Impuesto sobre Sociedades. A estos efectos, recuerde: La compensación de bases imponibles negativas es opcional. Su empresa puede decidir si en un ejercicio quiere compensarlas o no y en qué cuantía desea hacerlo. En la actualidad no existe un plazo máximo para compensar las bases negativas generadas. Teniendo en cuenta estas reglas, no siempre es aconsejable compensar las bases imponibles negativas de inmediato […]

Recuperación del IVA no cobrado

Recuerde que su empresa puede recuperar el IVA de sus impagados. Si un cliente deja de pagarle una factura, transcurrido un año desde el devengo de la operación podrá realizar los trámites de recuperación del IVA repercutido (si su empresa factura menos de 6.010.121,04 euros anuales, sólo deberá esperar seis meses para iniciar dichos trámites). En ambos casos tendrá seis meses para realizarlos. No obstante, si antes de que finalicen dichos plazos su cliente se declara en concurso, deberá anticipar los trámites de recuperación del IVA: Deberá emitir la factura rectificativa en el plazo de tres meses desde la publicación en […]

IVA y contratos públicos

Vaya con cuidado con los importes que consigna en sus ofertas comerciales… Si su empresa presenta una oferta a un cliente y no indica nada en materia de IVA, se aplican las siguientes reglas: Si el destinatario de la oferta es otra empresa, la regla general es que dicho impuesto debe ser añadido a la operación y ser repercutido sobre el precio pactado. Si el destinatario es un particular, en cambio, el IVA se considerará incluido en el precio ofertado, y usted deberá detraerlo de sus honorarios e ingresarlo en Hacienda. Piense que la normativa protege a los consumidores, y […]

Entrega de mercancías y conformidad

Cuando lo entregado no cumple las especificaciones del contrato, el plazo para reclamar varía en función del defecto … Para favorecer la agilidad de las transacciones comerciales, la ley obliga a denunciar los defectos y reclamar en plazos generalmente breves. El hecho de firmar un albarán demuestra que se ha recibido la mercancía que en él se relaciona, pero no implica necesariamente conformidad, salvo que ésta presente defectos evidentes por estar a la vista o ser fácilmente detectables por el comprador. En tal caso, sólo se podrá reclamar si se manifiesta disconformidad en el momento de la entrega (o, cuando las mercancías vengan embaladas o enfardadas, en […]

Para que el usufructuario pueda votar válidamente, deben contemplarlo los estatutos

Cuando existe un usufructo sobre las participaciones de una SL, por lo general el nudo propietario tiene los derechos políticos (votar, asistir a las juntas, derecho de información…) y el usufructuario los económicos (básicamente, percibir los dividendos), salvo que los estatutos establezcan otra cosa. Más allá de esto, la relación entre nudo propietario y usufructuario es puramente privada y queda al margen de la sociedad. Ahora bien, cuando la titularidad de las participaciones sociales está repartida entre dos o más personas, existiendo propietarios y nudos propietarios, puede ocurrir que todos ellos quieran que el usufructuario tome las decisiones. En tal caso, […]

Hacer un recurso contra una sancion

Si un contribuyente recibe una liquidación de Hacienda con la que no está de acuerdo, dispone de un mes para recurrirla. Este plazo se cuenta desde el día siguiente al de la notificación (a estos efectos, y en caso de que la liquidación derive de una inspección, la notificación se entiende practicada transcurrido un mes desde la firma del acta correspondiente sin que se haya recibido comunicación alguna por parte del inspector). Si la liquidación no se recurre dentro del plazo indicado, deviene firme, de forma que —salvo algunas excepciones— no es posible presentar recurso posteriormente. Sin embargo, esto no […]

Vea qué implicaciones tiene modificar el objeto social de una sociedad

Implicaciones para la sociedad Al modificar el objeto social (ya sea para ampliar o suprimir actividades), los socios que no votan a favor y los que tienen participaciones sin voto pueden separarse de la sociedad (cobrando el valor de su participación). Para ello, la modificación debe ser sustancial, y a estos efectos, se considera así: Eliminar actividades esenciales (manteniendo otras secundarias). Añadir actividades que, por su importancia económica, comportan que una parte significativa del patrimonio de la sociedad tenga un destino distinto al previsto en los estatutos. Por el contrario, no se considera modificación sustancial añadir actividades similares a las que ya […]

Es posible reducir el capital social de una SL por debajo de los 3.000 euros, si bien convendrá aumentarlo lo antes posible

La Ley “Crea y Crece” redujo el importe del capital mínimo necesario para constituir una SL a la cantidad simbólica de un euro. Pero ¿dicho importe mínimo opera sólo para la constitución de una SL o se aplica también a las modificaciones del capital? ¿Es posible reducir el capital social de una SL por debajo de los 3.000 euros? Pues bien, sepa que, con la modificación llevada a cabo por esta ley, ahora cualquier SL constituida antes o después de su entrada en vigor puede reducir, si le interesa, su capital social por debajo de los 3.000 euros. Eso sí, recuerde […]