¿Con qué antelación hay que convocar la junta?
El cómputo del plazo de antelación incluye el día en que se remite la convocatoria, pero no el día en que se celebra la junta. En toda sociedad la Junta de socios debe reunirse, por lo menos, una vez al año para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado. Esta reunión debe tener lugar dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, aunque será igualmente válida si se produce de forma extemporánea, siempre que haya sido debidamente convocada con la antelación suficiente. Es fundamental respetar la antelación a […]