Ayudas directos para los taxistas, para los autonomos y pymes relacionados con el mundo de la fiesta y para digitalizar tu empresa

En esta ocasión te traemos resumen, de varias ayudas que se han publicado para diferentes sectores de la Comunidad Valenciana.

Si estás o crees que está incluido y te puedes beneficiar de alguna, o tienes cualquier duda, ponte en contacto.

 

Ayudas para el sector de la Artesanía, artesanos relacionados con las fiestas

 

1.- ¿A QUIEN VAN DIRIGIDAS?

 

A los artesanos, las artesanas y las pymes artesanas vinculados al mundo de la fiesta, afectados por la Covid-19, para reforzar su viabilidad económica y garantizar la continuidad de estas empresas

1.- Que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA), actualizado debidamente y expedido por la Generalitat, o de un documento equivalente emitido por una administración pública que acredite su condición artesana, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de solicitud de estas ayudas.

2.- Que realizen alguna de estas actividades: – Abaniquero/a – Alpargatero/a – Artista fallero/a y foguerero/a – Bastonero/a – Bordador/a – Botero/a – Calcetero/a – Camisero/a a medida – Cerero/a – Constructor/a de instrumentos de cuerda, viento y percusión – Corsetero/a – Decorador/a de telas (estampador/a) – Dorador/a – Encajero/a – Engastador/a – Espadero/a – Fabricante de muebles y otros objetos de mimbre, caña, palma y similar. En este caso solo para elaboradores de palmas artísticas hechas con hojas de palmera – Florista artesano/a – Ganchillero/a – Guarnicionero/a – Hojalatero/a – Joyero/a – Maquetista – Modisto/a a medida – Orfebre – Peletero/a a medida – Pendolista – Pirotécnico/a – Platero/a – Repujador/a de cuero – Repujador/a de metales – Sastre/a a medida – Sombrerero/a a medida – Tejedor/a – Tintorero/a artesano/a – Zapatero/a a medida – Buñolero/a-churrero/a artesano/a

 

2.- ¿DE CUANTO ES LA AYUDA?

 

  1. a) un importe máximo de 7.000,00 € para los artesanos, artesanas y pymes artesanas que cumplan los requisitos exigidos.

 

3.- ¿OBLIGACIONES?

  1. a) Mantener la actividad artesana durante, al menos, 12 meses, a contar desde el día de la concesión de la subvención

 

Ayudas sector del Taxi

 

1.- ¿A QUIEN VAN DIRIGIDAS?

 

A los titulares de autorizaciones de taxi radicadas en la Comunitat Valenciana, para paliar los efectos económicos ocasionados con la pandemia Covid-19 y la disminución de la movilidad.

1.- Los titulares de autorizaciones del taxi radicadas en la Comunitat Valenciana que en la fecha de solicitud de la ayuda cumplan los siguientes requisitos:

– Poseer una autorización tipo VT radicada en la Comunitat Valenciana, visada y en vigor en el momento de la solicitud.
– Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social.
– Los exigidos para el titular de la autorización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la ley 13/2017, de 8 de noviembre, del taxi de la Comunitat Valenciana.

 

2.- ¿DE CUANTO ES LA AYUDA?

El importe de la cuantía a percibir se determinará por el resultado de dividir 4.750.000 € entre el número total de autorizaciones admitidas a tales efectos según todas las solicitudes presentadas, sin que la cifra máxima a percibir por cada autorización admitida en esta convocatoria pueda ser superior a 3.000 €.

 

3.- ¿OBLIGACIONES?

  1. a) Mantener la actividad artesana durante, al menos, 12 meses, a contar desde el día de la concesión de la subvención

 

Ayudas para la digitalización de la Pyme

 

1.- ¿A QUIEN VAN DIRIGIDAS?

 

A las pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el art.13.2 Ley 38/2003 y que cumplan con el resto de requisitos.

Deberán desarrollar actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de CNAE 2009:

  1. a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43
    b) Sección H-Divisiones 49 a 53
    c) Sección J-Divisiones 58 a 63
    d) Sección M-Divisiones 69 a 74

    Cuando la actividad principal de la empresa solicitante no esté incluida en la relación anterior, deberá aportar información que permita acreditar el desarrollo de alguna otra actividad incluida en los epígrafes anteriores, así como detalle suficiente sobre su cuantificación y alcance; en caso contrario, no podrá ser beneficiaria de la ayuda

 

2.- ¿DE CUANTO ES LA AYUDA?

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

─ Pequeña empresa: hasta el 40%
─ Mediana empresa: hasta el 30%

La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.

 

3.- ¿OBLIGACIONES?

  1. a) El proyecto deberá desarrollarse dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, entendiéndose que se ha iniciado cuando se haya producido el primer compromiso de gasto firme e irreversible, siendo requisito imprescindible que el proyecto no haya finalizado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
  2. b) Serán subvencionables los gastos incurridos en la realización del proyecto siempre que la fecha del justificante de gasto se encuentre comprendida en el periodo indicado en el apartado anterior.
  3. c) Se admitirán los pagos realizados con posterioridad al 01-01-21 y hasta la fecha de justificación del proyecto.
  4. d) La justificación de la ejecución del proyecto deberá presentarse con fecha límite 9 de febrero de 2022

 

 

Y tu ¿qué opinas?